El 23 por ciento de las personas con VIH sufrió algún tipo de discriminación en el trabajo. En la sociedad en general y en el ámbito laboral en particular circulan dudas, temores, y tabúes alrededor de vivir con VIH. Por eso, en el Día del Trabajador, elegimos desmitificar algunos temas.


 

La infección por VIH no genera ningún factor que inhabilite a la persona a realizar un trabajo y tampoco es un riesgo para sus compañeros. Sin embrago, dentro del ámbito de trabajo, se pueden encontrar algunos actos considerados discriminatorios. Ningún postulante puede ser rechazado en un puesto de trabajo ni despedido en virtud de un resultado positivo. Tampoco se le puede pedir al empleado que notifique su diagnóstico por VIH al área de RRHH o cualquier otra área. De la misma forma, resulta discriminatorio violar la confidencialidad, socializando el diagnóstico de un empleado con otras personas.

Otros actos discriminatorios por parte de los empleadores pueden ser no otorgar los mismos beneficios que la empresa otorga a todos sus empleados; generar distinción en las tareas a realizar, remuneración u otros aspectos de la vida laboral; otorgar menos oportunidades en las posibilidades de promoción o salario; o no prevenir o sancionar el abuso psicológico de compañeros de trabajo y hacer como que no pasa nada.

Muchas veces, la discriminación por parte de los empleados se evidencia a través de bromas, susurros, chismes, habladurías, chantaje, extorsión, insultos, marginación o el uso de información privada con el fin de degradar. Muchas veces, para evitar ser discriminados, la persona prefiere guardar su diagnóstico positivo al VIH, y además ninguna persona puede exigir que lo devele. Pero otras veces, existen personas que sienten la necesidad de notificar a su empleador que viven con VIH. En estos casos, se recomienda hacerlo de manera escrita por medio de un telegrama laboral o carta documento ya que permite exigir el resguardo del derecho a la confidencialidad establecido en la Ley Nacional de Sida. Esta notificación no debería constituirse en un impedimento para la continuidad laboral.

Tener VIH no otorga más derechos que al resto de los empleados. Las personas con VIH no cuentan con régimen de licencias médicas diferente. En el caso que el empleador solicite constancia o certificado médico por la ausencia, no es necesario notificar el diagnóstico VIH positivo. Vivir con VIH no implica en sí mismo una modificación del contrato laboral ni adecuación de tareas, a menos que sea necesario para resguardar la salud de la persona. Para ello, será preciso contar con la indicación del médico tratante a través de una prescripción médica y el empleador tiene la obligación de adecuar las tareas dentro del marco de sus posibilidades.

La clave para no discriminar es tratar a una persona con VIH como a cualquier otro empleado. Que, de hecho, lo es.

Si necesitas asesoría puedes contactar a Fundación Huésped al 0800-222-4837 o al mail: derechos@huesped.org.ar

Enviar a un amigo  
Volver